Cometidos de la FGNE.


Las capacidades de las organizaciones operativas de la Fuerza de Guerra Naval Especial son una consecuencia directa de su estructura orgánica y de la especial preparación y adiestramiento en las técnicas, tácticas y procedimientos de las operaciones especiales, así como de la formación y adiestramiento individual de su personal en el tipo de operaciones que constituyen la Guerra Naval Especial.

A partir de su estructura orgánica, la FGNE genera las distintas organizaciones de Guerra Naval Especial que se emplearán integradas en la organización operativa de la Fuerza Conjunta o de la Fuerza Naval que se constituya.

Como Unidad de Infantería de Marina está capacitada y preparada para realizar operaciones en tierra, bien de forma independiente o con otras unidades de operaciones especiales, siendo capaz de actuar en grupos reducidos, a gran distancia de su base, en todo tiempo y condiciones de terreno, con apoyo muy limitado de fuerzas propias o incluso sin él.

Conformando el concepto de GNE, se obtiene un efecto sinérgico con la integración y actuación de las diferentes organizaciones operativas de la FGNE conjuntamente con las diferentes plataformas navales (buques de superficie y/o submarinos) y aeronaves de la Armada (SOATU, Special Operation Air Task Unit), así como con unidades designadas del resto de la FIM (TEAR y FUPRO) que conforman el Grupo de Apoyo Especializado (GAES), alcanzando un nivel de integración y capacidad operativa que no tiene correspondencia en otras unidades de las Fuerzas Armadas.

La FGNE está capacitada para realizar todos los cometidos doctrinales de Operaciones Especiales, tanto los principales de Acción Directa (DA), Reconocimiento y Vigilancia Especial (SR) y Asistencia militar (MA), como los adicionales de Operaciones NEO, Rescate de Rehenes (HRO) y operaciones de contrainsurgencia y contraterrorismo (COIN y CT).

Asimismo, la Guerra Naval Especial al formar parte de la capacidad de proyección, protección, libertad de acción y acción marítima de la Armada generalmente se empleará en apoyo a las operaciones navales, subordinada a un Mando Componente Marítimo o integrada en un Mando Componente de Operaciones Especiales. A este último, aportará, cuando sea necesario, una capacidad única y especializada en el ámbito marítimo.




En este sentido, la aportación de la FGNE a las capacidades de la Armada se resume en los siguientes puntos distribuidos, según las capacidades anteriormente citadas:

  • Proyección: Ataques selectivos a objetivos limitados pero de importancia estratégica u operacional, Reconocimiento y Vigilancia especial, Guiado Terminal de aeronaves y municiones y Conducción de Fuegos.
  • Protección: Obtención de información.
  • Libertad de Acción: Neutralización de amenaza, Guiado Terminal y Destrucción de obstáculos.
  • Acción Marítima: Operaciones de interdicción marítima en las modalidades de mayor riesgo (MIO-OB) y acciones directas antipiratería Rescate de rehenes (HRO), abandono de buque.

En el ámbito conjunto y combinado la FGNE puede realizar con sus organizaciones operativas todos los cometidos que establece con carácter general la doctrina conjunta de Operaciones Especiales (PDC-3.5) y la doctrina OTAN y UE, para un TaskGroup (Grupo Operativo) Marítimo de Operaciones Especiales o una Fuerza de Operaciones Especiales (FOE) conjunta (con medios aéreos y de operaciones especiales de los Ejércitos y la Armada).



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